Cómo afecta el concurso de acreedores a los contratos en vigor
Un empresario nos pregunta siempre lo mismo antes de presentar el concurso: «¿Mis proveedores me cortarán el suministro? ¿Mi casero puede echarme?». El miedo es comprensible. Pero la respuesta, en la mayoría de los casos, tranquiliza.
Qué ocurre: el concurso no rompe los contratos
La regla general es de continuidad. Declarar el concurso no es, por sí solo, causa para dar por terminado un contrato.
El artículo 156 del Texto Refundido de la Ley Concursal lo dice sin rodeos: la declaración de concurso no es causa de resolución anticipada del contrato.
Además, protege al concursado frente a las cláusulas habituales. Si tu contrato de suministro, de alquiler o de leasing dice que la otra parte puede suspenderlo o resolverlo «en caso de concurso», esa cláusula se tiene por no puesta.
Por qué ocurre: la empresa tiene que poder seguir funcionando
La lógica es sencilla. Una empresa en concurso que pierde de golpe a sus proveedores, su local o su maquinaria no puede generar ingresos. Y sin ingresos, los acreedores cobran menos.
La ley prefiere mantener la actividad cuando es viable. Por eso el contrato sigue vivo y las dos partes deben cumplirlo.
Qué consecuencias tiene
Cuando ambas partes todavía tienen obligaciones pendientes, el artículo 158 aclara quién paga qué. Lo que la empresa concursada debe cumplir a partir de entonces se paga con cargo a la masa: es decir, tiene prioridad sobre los créditos anteriores al concurso.
En la práctica significa que el proveedor que sigue sirviendo cobra lo nuevo antes que su deuda antigua. Y la deuda antigua queda dentro del concurso.
Hay un matiz importante. Si una parte ya ha cumplido todo y solo falta que cumpla la otra, no hay contrato «vivo» que mantener. Su crédito o su deuda se incorpora a la masa activa o pasiva, según el caso.
Qué opciones existen
Mantener los contratos no significa que nadie pueda salir. Hay tres vías, y conviene conocerlas.
- Resolución por incumplimiento posterior al concurso. Si, ya declarado el concurso, cualquiera de las partes incumple, la otra puede pedir la resolución (artículo 161). Pagar a tiempo lo nuevo es, por tanto, esencial.
- Resolución por incumplimiento anterior. Los impagos previos al concurso, en cambio, solo permiten resolver si el contrato es de tracto sucesivo, como un alquiler o un suministro continuado (artículo 160). Y aun así, el contrato puede salvarse: el concursado o la administración concursal pueden oponerse para mantenerlo (artículo 164).
- Resolución en interés del concurso. Aunque nadie haya incumplido, el concursado (si está intervenido) o la administración concursal pueden pedir al juez que resuelva un contrato con obligaciones recíprocas cuando sea necesario o conveniente para el interés del concurso (artículo 165). Es la herramienta para librarse de contratos ruinosos: un alquiler sobredimensionado, un renting de vehículos que ya no se usan.
La contraparte que sufre esa resolución tiene derecho a indemnización. Pero ese crédito entra como crédito concursal, es decir, se cobra en el concurso y no antes.
Excepciones que conviene tener presentes
El artículo 159 deja a salvo algunos supuestos. Si la ley reconoce expresamente a una parte la facultad de desistir del contrato, el concurso no la elimina. Y tampoco afecta a las normas que prevén la resolución en situaciones de insolvencia para ciertos contratos regulados.
Por eso no sirve una respuesta única. Cada contrato exige revisar su naturaleza y su regulación específica.
Qué recomendamos
Primero, haz inventario antes de presentar el concurso. Lista los contratos clave: suministros, alquiler del local, financiación, contratos con grandes clientes. Distingue cuáles necesitas, cuáles te sobran y cuáles tienen pagos atrasados.
Segundo, paga puntualmente lo que se devengue después de la declaración. Es lo que más protege tus contratos esenciales.
Tercero, no te fíes de las cláusulas de resolución por concurso que te enseñen: en general, no valen. Pero tampoco des por hecho que el contrato es intocable. Si hay un incumplimiento posterior, la otra parte podrá reclamar la resolución.
Cuarto, usa el concurso como oportunidad para depurar. Los contratos que lastran la empresa pueden resolverse con el control del juez, y eso mejora las posibilidades de continuidad.
Si estás valorando un concurso, el momento de revisar tus contratos es antes de presentarlo. Con esa información, el plan se construye con los datos en la mano y no a ciegas.